Cuentas claras: Profeco advierte multas a negocios que exijan propina obligatoria

La dependencia federal reitera que ningún restaurante, bar u hotel en México puede imponer montos de gratificación ni aplicar cobros coercitivos.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha lanzado una advertencia contundente contra los establecimientos de servicios en México: la propina no es, bajo ninguna circunstancia, obligatoria. A través de un comunicado oficial, la dependencia recordó que la imposición de este concepto en la cuenta final, sin el consentimiento expreso del consumidor, constituye una práctica abusiva que será sancionada conforme a la ley vigente.

El organismo regulador enfatizó que establecimientos como restaurantes, bares, hoteles y diversos servicios turísticos están legalmente impedidos para exigir o establecer un monto fijo de gratificación. Según el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, los prestadores de servicios no pueden aplicar métodos comerciales desleales ni cláusulas impuestas en el abastecimiento de sus productos. La normativa es clara al definir la propina como una “gratificación voluntaria” por la atención recibida, dejando la decisión final totalmente en manos del cliente.

Además de la propina, la Profeco señaló que existen otras conductas que derivarán en sanciones económicas. Entre ellas destacan el cobro de comisiones por pago con tarjeta y el uso de publicidad engañosa. Estas acciones son calificadas como prácticas coercitivas que vulneran los derechos de los ciudadanos. La autoridad instó a los consumidores a no permitir estos cobros y a reportar cualquier abuso de manera inmediata ante la institución.

El objetivo de este recordatorio es frenar la tendencia de algunos negocios que fijan porcentajes de servicio de manera automática en el ticket, una táctica que suele pasar desapercibida hasta el momento del pago. La Profeco reiteró que cuenta con la facultad de aplicar multas severas a los establecimientos que ignoren estas disposiciones, protegiendo así la economía de los comensales y turistas en todo el territorio nacional.

• Fundamento legal: Artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor prohíbe condiciones abusivas.

• Alcance: La medida aplica para restaurantes, bares, hoteles y servicios turísticos en todo México.

• Otras sanciones: Habrá multas por cobro de comisiones con tarjeta y publicidad engañosa.

El respeto al bolsillo del consumidor no es opcional; cualquier intento de obligar al pago de gratificaciones coloca a los negocios en la mira de sanciones federales.

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