La reforma al reglamento federal amplió las atribuciones de los elementos para inspeccionar vehículos, revisar documentos y aplicar sanciones.
Nuevas reglas modificaron las facultades de la Guardia Nacional en las carreteras y puentes de jurisdicción federal en México, con cambios relacionados con inspecciones, documentación, pruebas y sanciones para los conductores.
La reforma al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal fue publicada el 25 de mayo de 2026 y entró en vigor un día después. Entre sus principales modificaciones se encuentra la actualización de las atribuciones de la Guardia Nacional para realizar labores de vigilancia, inspección y sanción en vías federales.
Con las nuevas disposiciones, los elementos pueden inspeccionar vehículos y documentación, además de aplicar pruebas médicas y toxicológicas cuando corresponda. También pueden emitir amonestaciones y boletas de infracción por incumplimientos al reglamento.
La normativa contempla además procedimientos específicos para las detenciones. Cuando un vehículo sea detenido, el elemento de la Guardia Nacional deberá indicar a los ocupantes permanecer dentro de la unidad hasta recibir autorización para descender y posteriormente solicitará la licencia de conducir y la tarjeta de circulación para su revisión.
Otro de los cambios se relaciona con las sanciones. Por ejemplo, el desacato o resistencia a las órdenes de la Guardia Nacional para el control del tránsito puede generar una multa de 40 a 50 veces la UMA. También existen sanciones para vehículos con fallas mecánicas y para conductores que incumplan determinados protocolos de seguridad.
La reforma también contempla descuentos para algunas multas: el reconocimiento expreso de la infracción puede generar una reducción de 25 por ciento y existe otro descuento de 25 por ciento si el pago se realiza dentro de los primeros 15 días hábiles.
Estos cambios aplican específicamente al tránsito en carreteras y puentes de jurisdicción federal, no a todas las vialidades del país.
Datos duros:
- 25 de mayo de 2026: publicación de la reforma.
- 26 de mayo: entrada en vigor.
- 40 a 50 UMA: multa prevista para desacato o resistencia a órdenes de tránsito.
La reforma fortalece las atribuciones de la Guardia Nacional para vigilar y sancionar el tránsito en las vías federales.







