Jueves, Viernes y Sábado Santo no cuentan como feriados obligatorios según la Ley Federal del Trabajo, así que las empresas pueden exigir labor normal sin pago extra.
La duda ataca cada año: ¿se para el país en Semana Santa? El artículo 74 de la LFT lista solo días como 1 de enero, 1 de mayo o 16 de septiembre como descanso oficial, sin rastro de los santos. Esto aplica directo a 2026, con Jueves Santo el 2 de abril, Viernes el 3 y Sábado el 4. Si trabajas, no hay doble sueldo automático; depende de acuerdos internos o tradición empresarial.
En la práctica, escuelas cierran por vacaciones y algunos gobiernos o bancos ajustan horarios, pero el sector privado decide libremente. Bancos y oficinas federales podrían reducir operaciones, mientras empresas como comercios o servicios mantienen todo en marcha. Para Sinaloa, donde el turismo repunta en playas como Mazatlán, muchos giros hoteleros y restauranteros operan a tope, priorizando ingresos sobre pausas religiosas.
La ley frena especulaciones: sin mención explícita, no hay obligación. Propuestas pasadas para incluir Jueves y Viernes Santo han caído, dejando el balón en cancha patronal. Trabajadores planeen con su jefe; viajeros, chequen cierres parciales.
Detalles clave
• Fechas 2026: 2 (Jueves), 3 (Viernes) y 4 (Sábado) de abril.
• LFT Art. 74: excluye Semana Santa de 9-11 feriados anuales.
• Práctica: escuelas vacan, privados varían por convenio.
En conclusión revísalo con tu patrón antes de empacar. La Semana Santa sigue siendo más tradición que ley.


